REDES DE GAS UNI 7129-X y UNI 11528

2.3.3 Sistema interno de suministro de gas

  • El sistema interno (tuberías, válvulas, accesorios, grifos, juntas, piezas especiales) y los materiales utilizados deben cumplir con los requisitos establecidos en el Artículo 3, párrafo 2. El dimensionamiento de las tuberías de suministro de combustible gaseoso, accesorios, dispositivos, piezas especiales y cualquier reductor de presión que forme parte del sistema interno debe garantizar el correcto funcionamiento de los dispositivos de utilización, de acuerdo con las presiones establecidas para cada dispositivo por el fabricante respectivo. La prueba de fugas debe realizarse de acuerdo con las normas técnicas vigentes o equivalentes. La unidad de medición (dispositivo no incluido en el sistema interno), cuando corresponda, debe instalarse de acuerdo con las normas técnicas vigentes o equivalentes. El recorrido entre el punto de suministro y los dispositivos de utilización debe ser lo más corto posible y, fuera y/o dentro de los edificios, debe construirse de acuerdo con las normas técnicas vigentes o equivalentes. En particular, se permiten los siguientes métodos de instalación dentro de los edificios cuando se apliquen los casos enumerados a continuación:
  • en carcasas especiales resistentes al fuego, al atravesar edificios o salas destinadas a uso civil o para actividades sujetas a inspecciones de prevención de incendios e inspecciones de conformidad con el Anexo 1 del Decreto Presidencial n.º 1000/2004. 151 del 1 de agosto de 2011;
  • en revestimiento de acero al atravesar estancias no incluidas en el punto anterior, pasillos o cavidades con ventilación permanente, siempre que el recorrido sea accesible para inspección. En las estancias donde se instalen los aparatos, se permite que el recorrido de las tuberías sea visible y, en todo caso, de acuerdo con los métodos establecidos por las normas técnicas vigentes. Además, en el pasillo o, en su caso, en el filtro antihumo (según se define en el Decreto Ministerial 30.11.83), no es necesaria la instalación en carcasas o revestimientos, siempre que las penetraciones a través de las estructuras resistentes al fuego estén selladas. Al atravesar elementos portantes horizontales, la tubería debe estar protegida por una funda que sobresalga al menos 20 mm del suelo, y la cavidad entre la tubería y la funda debe sellarse con materiales adecuados. Se prohíbe el uso de yeso. En el caso de vestíbulos de entrada sobre rasante y no sobre sótanos, se permite la instalación de tuberías bajo el suelo, protegidas por una funda con respiraderos en los extremos hacia el exterior. 10. Para instalaciones que den servicio a salas o edificios utilizados para actividades industriales, se aplican las disposiciones del decreto del Ministro de Desarrollo Económico del 16 de abril de 2008. 11. Los reductores de presión que no sean parte integral de los aparatos de usuario instalados y cuya conformidad no esté incluida en la del propio aparato de usuario, deben instalarse fuera de los edificios. 12. Cualquier toma libre en el sistema interno debe cerrarse con tapas roscadas y está permitida dentro de las salas si está destinada exclusivamente a la instalación de aparatos. 13. Fuera de las salas de instalación de aparatos, debe instalarse una válvula de cierre manual con un mecanismo de cierre rápido para una rotación de 90° y un tope en las posiciones completamente abierta y completamente cerrada en cada tubería de suministro de gas, en una posición visible y de fácil acceso. Esta válvula también puede instalarse en cualquier sala de acceso, filtro o cavidad ignífuga, siempre que sea fácilmente accesible desde el exterior en caso de emergencia. 14. En el caso de cavidades ventiladas desde arriba y conectadas a un espacio abierto, no se requiere revestimiento, siempre que las tuberías sean metálicas con tubos soldados o broncesoldados. 2.3.3.1 Vainas 1. 2. 3. 1. 2. Las vainas deben ser:
  • expuestas;
  • de acero con un espesor mínimo de 2 mm y un diámetro al menos 2 cm mayor que el de la tubería de gas;
  • equipadas con al menos un respiradero al exterior. Si un extremo de la vaina está orientado hacia el interior, debe sellarse internamente con material no combustible. Las tuberías no deben tener juntas mecánicas dentro de las vainas. Se permiten vainas de metal o plástico ignífugas cuando pasan a través de paredes externas o áticos. 2.3.3.2 Carcasas resistentes al fuego La carcasa resistente al fuego debe:
  • ser hermética al gas;
  • estar hecha de materiales de clase 0 italiana o clase A1 europea;
  • Tener características de resistencia al fuego iguales a las requeridas para las paredes de la sala o compartimento que atraviesan y, en cualquier caso, no inferiores a REI/EI 30. Los conductos no deben tener juntas mecánicas dentro de las carcasas no inspeccionables. Las carcasas deben estar permanentemente ventiladas al exterior con aberturas en ambos extremos. La abertura de ventilación en el nivel más bajo debe estar equipada con un parallamas y, en caso de gas con una densidad superior a 0,8, debe estar ubicada por encima del nivel del suelo, a una distancia horizontal mínima de 10 metros de otras aberturas en el mismo nivel o en niveles inferiores.
  • Normas de seguridad contra incendios para edificios residenciales

    El punto 6 del Decreto Ministerial n.º 246, de 16 de mayo de 1987, relativo a las "Normas de seguridad contra incendios para edificios residenciales", establece: "Las tuberías principales de gas combustible deben ser externas al edificio y estar expuestas. Se permiten intersecciones siempre que las tuberías se coloquen en una vaina metálica abierta en ambos extremos, comunicando con el exterior, y con un diámetro al menos 2 cm mayor que el diámetro de la tubería interna". Las "tuberías principales" se definen como las tuberías que abastecen los servicios del edificio suministrados por el sistema de gas, es decir, subcolumnas y tubos ascendentes. La instalación de "tuberías principales" está permitida en el interior del edificio, en una carcasa especial que: ▪ abasteca exclusivamente al sistema de gas; ▪ tenga paredes estancas al gas; ▪ esté permanentemente ventilada con aberturas en ambos extremos; La abertura de ventilación más baja debe estar equipada con una malla ignífuga y, en el caso de gas con una densidad superior a 0,8, debe estar ubicada sobre el nivel del suelo, a una distancia, medida horizontalmente, de al menos 10 m de otras aberturas en el mismo nivel o en un nivel inferior; ▪ Debe estar equipada, en cada planta, con una trampilla de inspección estanca al gas con una resistencia al fuego de al menos REI 30. La carcasa mencionada también puede usarse para alojar contadores para los usuarios de las distintas plantas del edificio. Se solicita a las oficinas pertinentes que tengan en cuenta lo anterior al realizar servicios de prevención de incendios. Por lo tanto, los conductores principales son los montantes y las subcolumnas. Actualmente, estos son externos al edificio y, por lo tanto, cumplen con la normativa técnica.

    RTV 13 – V.13.4.3 - Seguridad de los sistemas tecnológicos y de servicios

    De conformidad con los Decretos Ministeriales 246/87 y 25 de enero de 2019, para aquellos apartados que no son totalmente exhaustivos y no se abordan en la Guía Técnica n.º 5043 de 15 de abril de 2013, se toman como referencia útil las disposiciones del nuevo RTV 13, adjunto a los Decretos Ministeriales de 3 de agosto de 2015 y 18 de octubre de 2019 (Código de Prevención de Incendios). En particular, la Guía Técnica n.º 5043 de 15 de abril de 2013 no aborda con suficiente pericia las cuestiones relativas a los sistemas ubicados en las cubiertas o fachadas de los edificios y las franjas de separación en lo que respecta a su reacción al fuego. Específicamente: ▪ el capítulo “reacción al fuego” solo establece que “…si elementos metálicos (soportes, pasadores, tornillos, etc.) o sistemas, susceptibles de alcanzar temperaturas superiores a 150 °C en condiciones de funcionamiento, pasan a través de productos aislantes que no cumplen con los requisitos requeridos de reacción al fuego (clase 1 o B-s3,d0), es necesario separar estos elementos del contacto directo con el producto aislante…”; Por lo tanto, el nuevo RTV 13 se aplicará a los siguientes detalles constructivos: ▪ paso de cables eléctricos; ▪ presencia de cuadros eléctricos; ▪ calderas murales; ▪ paso de conductos de humos. RTV 13 – V.13.4.3 - Seguridad de los sistemas tecnológicos y de servicio. Si se instalan sistemas de producción o transformación de energía (p. ej., sistemas fotovoltaicos, sistemas de generación de calor, sistemas de aire acondicionado, etc.) en el recinto o junto a él, la parte afectada deberá protegerse con las características descritas en el apartado V.13.5 y delimitarse con franjas de separación de las mismas características. Los conductos de humos deberán contar con un aislamiento térmico adecuado o una distancia de separación adecuada de materiales combustibles en sus entradas para evitar incendios.

    SÍNTESIS

    La posición de las tuberías de gas metano en las fachadas de los edificios está regulada por normativas específicas para garantizar la seguridad y la eficiencia.

    A continuación se presentan algunas indicaciones generales basadas en la legislación italiana (UNI 7129 y normas relacionadas):


    1. Rutas y posicionamiento

    Preferencia de enrutamiento externo: si es posible, las tuberías deben colocarse fuera del edificio para reducir el riesgo de fugas de gas en el interior.

    Distancia de aberturas: Deben instalarse al menos a 30 cm de puertas, ventanas, rejillas de ventilación y otras aberturas para evitar la acumulación de gases en caso de fuga.

    Distancia de los sistemas eléctricos: Deberán ubicarse al menos a 10 cm de distancia de cables y aparatos eléctricos y no deberán cruzar conductos eléctricos sin la protección adecuada.

    Distancia al suelo: Deberán instalarse al menos a 2,2 metros sobre el nivel del suelo si cruzan zonas peatonales o de paso.


    1.1 Colocación en la fachada

    • Preferencia por rutas externasLas tuberías de gas deben discurrir por el exterior de los edificios siempre que sea posible para reducir el riesgo de acumulación de gas en caso de fuga.
    • Distancia mínima al suelo:
    • Si se instalan en zonas peatonales o transitables, deberán colocarse como mínimo 2,2 metros sobre el suelo para evitar impactos accidentales.
    • En caso de menor altura deberán estar protegidos con dispositivos especiales. barreras mecánicas.
    • Distancias de aberturas y sistemas eléctricos:
    • Al menos 30 cm desde ventanas, rejillas de ventilación, pozos de registro, rejillas de ventilación y otras aberturas.
    • Al menos 10 cm de cables eléctricos y aparatos eléctricos para evitar interferencias y posibles incendios en caso de fuga.
    • Distancias desde balcones y aleros:
    • Evite caminar bajo balcones o marquesinas sin ventilación adecuada. Si es inevitable, asegúrese de que haya ventilación o protección adecuadas.


    2. Tipo de materiales

    Acero, cobre o polietileno: Los materiales deben estar certificados y ser resistentes a la corrosión. Si las tuberías son de cobre, deben tener una funda protectora en su paso por las paredes.

    Protección contra impactos y agentes atmosféricos: Si se instalan en fachada, deberán estar protegidos contra impactos y fijados con soportes adecuados.

    • acero galvanizado:Pintados o revestidos para evitar la corrosión, con uniones soldadas o roscadas.
    • Cobre:Debe estar equipado con una funda protectora si se coloca al aire libre.
    • Polietileno (PE):Solo permitido subterráneo, no está permitido para instalaciones visibles en fachadas.


    3. Soportes y fijaciones

    Las tuberías deben estar firmemente fijadas a la fachada con soportes espaciados según la normativa (generalmente cada 1-2 metros, según el material). Si pasan por juntas estructurales o zonas sujetas a movimiento, deben incluir juntas de dilatación.

    • Soportes y soportes:
    • Deben colocarse a intervalos regulares (aproximadamente 1,5 m para tuberías de acero y 1 m para tuberías de cobre).
    • Sujetadores resistentes a la intemperie y a la corrosión.
    • Protección contra impactos:
    • Si se instalan en zonas con riesgo de impacto, deberán protegerse con carcasas metálicas o conductos adecuados.
    • Si pasan cerca de estructuras móviles (por ejemplo, puertas), deben estar equipadas con juntas flexibles para absorber la expansión.


    4. Prohibiciones y restricciones

    No deben instalarse debajo de balcones o en espacios cerrados sin ventilación.

    Evite rutas largas con demasiadas curvas para limitar las pérdidas de carga.

    🚫 Prohibición de instalación en espacios cerrados y sin ventilación (por ejemplo, paredes falsas, pozos no inspeccionables).
    🚫
    Prohibición de cruzar zonas de alto riesgo de incendio (por ejemplo, garajes, zonas de almacenamiento de materiales inflamables).
    🚫
    No instalar directamente en la pared. Sin funda protectora ni capacidad de inspección.


    La posición de las tuberías de gas en las fachadas de los edificios está regulada por la legislación italiana, en particular por UNI 7129:2015 y de UNI 11528:2014 Para sistemas de mayor potencia. A continuación, se presentan las principales pautas para una instalación segura y conforme a las normas.

    DISTANCIAS DE MATERIALES COMBUSTIBLES Las distancias de seguridad de las tuberías de gas respecto de los materiales combustibles están reguladas por UNI 7129:2015 y UNI 11528:2014 para sistemas más grandes. Estas normas establecen requisitos fundamentales para prevenir incendios, garantizar la seguridad y cumplir con las distancias de separación correctas. 1. Distancias mínimas de materiales combustibles Distancia mínima general: Las tuberías de gas deben instalarse al menos a 10 cm de materiales combustibles (madera, cartón yeso, plástico, etc.), a menos que estén protegidas adecuadamente. Protección con fundas o revestimientos: Si la tubería es de acero o cobre sin revestimiento, debe estar al menos a 5 cm de distancia de los materiales combustibles o estar aislada con una funda protectora resistente al calor. Si la tubería es de cobre revestido o acero galvanizado pintado, puede instalarse en contacto con materiales combustibles sin distancias específicas, siempre que la temperatura de la superficie no exceda los límites de seguridad. Materiales plásticos o tuberías de polietileno (PE): No se pueden instalar expuestos en el interior de los edificios. Si están enterradas o empotradas, deben colocarse dentro de fundas protectoras. 2. Penetraciones en paredes y suelos combustibles Protección con funda metálica: Si una tubería de gas penetra en una pared o suelo de madera u otro material combustible, debe protegerse con una funda metálica u otro material resistente al fuego (p. ej., PVC autoextinguible). Distancia interna en la funda: La funda debe garantizar al menos 5 mm de espacio libre alrededor de la tubería para permitir la ventilación y evitar el sobrecalentamiento. 3. Distancia de chimeneas y fuentes de calor Distancia mínima de chimeneas, hornos u otras fuentes de calor: 20 cm si la tubería es de acero galvanizado o cobre. 40 cm si la tubería es de plástico con funda protectora. Si no se pueden respetar estas distancias, se debe proporcionar una barrera de aislamiento térmico entre la tubería y la fuente de calor. 4. Normas de protección adicionales ✅ Soportes y fijaciones: Las tuberías deben fijarse con soportes metálicos ignífugos si se instalan sobre superficies combustibles. ✅ Pinturas ignífugas: Si la tubería está en contacto con materiales inflamables, se puede tratar con pinturas intumescentes para aumentar la resistencia al calor. ✅ Zonas ventiladas: Instalar tuberías en zonas bien ventiladas para reducir el riesgo de acumulación de gases en caso de fuga.